La máxima de “justicia tardía es justicia denegada” proviene de una frase del célebre filósofo romano Lucio Anneo Séneca, la cual reza que “nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”. Esto se debe a que la función principal del sistema de justicia es, precisamente, dirimir de manera organizada y conforme a las normas establecidas, los conflictos sociales entre las personas en una sociedad. Es contrario a este fin el tener que esperar un tiempo irrazonable para la resolución de tal conflicto.
En nuestro país, la mora judicial, o tardanza de los tribunales a todos niveles del aparato judicial, a dar respuesta a las acciones incoadas ha sido un elemento de preocupación por muchos años. Precisamente el presidente la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, ha reiterado que atacar ese problema es una de las prioridades de su gestión.
Ante la evidente y entendible frustración social por la excesiva mora judicial que enfrentamos, cursa en el Congreso Nacional un proyecto de ley que sancionaría a jueces en caso de que no fallen dentro de los plazos establecidos por ley. De hecho, este proyecto recibió un informe favorable de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, y fue recientemente aprobado por dicho hemiciclo.
El proyecto de ley establece que: “En materia civil, comercial, inmobiliaria, de trabajo y administrativa, los jueces de las cortes y tribunales de la República deberán fallar los asuntos que conozcan, dentro de un plazo no mayor de noventa días”.
En caso de que no obtemperen este mandato, serían sancionados con una pena equivalente al 25% de su salario mensual, así como medidas disciplinarias que pudieran ser adoptadas por el Consejo del Poder Judicial.
Aunque la intención detrás del proyecto de ley puede ser loable, y el fin que persigue es algo que se necesita, este proyecto es completamente improcedente y contrario a todo ordenamiento jurídico. Sancionar a un juez por no fallar un caso de manera expedita solo tendrá como efecto la producción de sentencias cuestionables y pobres, además de que puede servir como un arma para presionar a la judicatura.
En vez de cuestionables proyectos que no van a resolver el tema, el Congreso debería cumplir con la Ley 194-04, el cual establece el porcentaje del Presupuesto Nacional que debe ser asignado al Poder Judicial. Con una mayor asignación presupuestaria –que ya le corresponde por ley– este poder pudiera mejorar las condiciones de la justicia.
No obstante, nuestro Congreso Nacional parece empeñado en aprobar otra ley que en vez de resolver la problemática que enfrentamos, creará nuevos desafíos, en vez de cumplir con una ley que el mismo Congreso ya ha aprobado.