De cara a las elecciones pautadas para el año próximo, se hace necesaria la discusión sobre la representatividad de la mujer en el ámbito político.
Según estudios de las Naciones Unidas, el número de mujeres con cargos en el poder ejecutivo y el parlamento se ha estancado a nivel mundial y sólo ha experimentado algunas mejoras marginales desde 2015.
A escala mundial, en febrero de 2019 se identifican veintisiete Estados donde las mujeres representan menos del 10% del total del parlamento en cámaras únicas o bajas, incluidas tres cámaras sin presencia femenina.
A junio 2019, solo once mujeres son Jefas de Estado y doce son Jefas de Gobierno.
El crecimiento de la participación política de la mujer ha sido lento. Sin embargo, no podemos dejar de lado que la inclusión de la mujer en la política, con el derecho al voto, es relativamente reciente.
Asimismo, el rol tradicional de la mujer limita su participación en el ámbito público. Estas consideraciones, entre otras, llevan a que sea reducida la cantidad de mujeres que decida postularse, cerrándose así un círculo vicioso en el que resulta improbable lograr una representación femenina eficiente.
Bajo este tenor, es común que como respuesta a la demanda de igualdad en la representatividad política, se busque compensar mediante la promulgación de leyes que establezcan una participación mínima de mujeres.
En el ámbito local, la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece en su artículo 53 una cuota de género, en virtud de la cual la Junta Central Electoral y las juntas electorales no admitirán lista de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del cuarenta por ciento (40%) y más del sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres.
Sin embargo, debemos reconocer que las leyes por si solas no serán suficientes cuando nuestra realidad social se constituye en un obstáculo para la postulación de mujeres a puestos de elección popular y mientras nuestras estructuras partidarias favorezcan a los hombres.
Estas limitantes, que aún persisten, limitan el alcance de la participación de la mujer en la política y por el contrario, cuando este tipo de disposiciones legales no vienen acompañadas de acciones afirmativas, estas discriminaciones positivas pueden aportar más a profundizar la brecha, que a cerrarla.
Es inconcebible un sistema democrático de espaldas a la mitad de la población. En el interés de una democracia más representativa, resulta necesario que trabajemos por combatir las brechas que hoy en día alejan nuestros sistemas de la igualdad y la inclusión.