El Código de Trabajo establece que por lo menos una vez cada dos años el Comité Nacional de Salarios debe hacer una revisión de los sueldos mínimos del sector privado no sectorizado y sectorizado.
La misma legislación también indica que en ningún momento se hará una revisión salarial antes del primer año del sueldo vigente. Por eso, tradicionalmente el salario mínimo se revista cada dos años.
Este 2015 es el año de revisión, puesto que los salarios actuales están vigentes desde el 1 de junio de 2013. Esos sueldos varían por sectores, pero en sentido general, los salarios mínimos del sector no sectorizado (no incluye a los trabajadores del turismo, las zonas francas y otras áreas), tiene actualmente los siguientes montos:
11,292 pesos mensuales para los trabajadores de empresas grandes.
7,763 pesos mensuales para los trabajadores de empresas medianas.
6,880 pesos mensuales para los trabajadores de empresas pequeñas.
Asimismo, está vigente un sueldo mínimo de 9,526 pesos mensuales para los vigilantes privados.
Generalmente, los salarios mínimos se aumentan tomando como referencia el comportamiento de la inflación medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos dos años.
Eso quiere decir que en realidad el salario no es aumentado, sino ajustado a la inflación. Un aumento real sería el que se registrase por encima de la inflación acumulada.
El año pasado el Banco Central hizo un ejercicio interesante, al determinar que el crecimiento económico del país no se refleja en una mejoría de la calidad de vida de la gente, porque las empresas no han traducido en remuneraciones el reflejo de esa bonanza a sus empleados. Es decir, las empresas nacionales pagan salarios muy bajos.
Fue bueno que el Banco Central hiciera esa advertencia, porque es el propio Banco Central el que realiza las mediciones de la inflación y, de acuerdo con sus cálculos, entre el 2013 y el 2014 la inflación acumulada es de apenas 5.45% (En 2013 3.88% y en 2014 1.58%).
Si los representantes de los trabajadores aceptaran un aumento salarial tomando como referencia la inflación, entonces el aumento salarial sería prácticamente insignificante.
Es por ello que los sindicalistas que representan a los trabajadores, así como el Gobierno, también representado en el Comité Nacional de Salarios, deben asumir una posición de justicia social y reclamar a los representantes de los patronos (empresarios) en el CNS, que apliquen un incremento adecuado a la pérdida de capacidad de compra de los empleados.
El sector sindical ha estado reclamando un incremento de 30%, lo cual se puede considerar exagerado, pero también sería muy bajo un aumento de 5% a 6%, de acuerdo con la inflación acumulada y la que se pueda acumular de aquí a junio, cuando se cumplen con efectividad los dos años de vigencia de los salarios actuales.
Por lo tanto, un incremento adecuado pudiera ser de 15%, tal vez un poco más o un poco menos. El incremento de junio de 2013 fue de 18%.
Si se toma en cuenta que la revisión salarial es cada dos años, se espera que las discusiones se extiendan por lo menos hasta mediados del 2015, lo cual se estaría produciendo de manera paralela con las discusiones tripartitas (Gobierno, sindicatos, empresarios) para la revisión de Código de Trabajo.
Se ha comentado que los empresarios estarían ofreciendo la posibilidad de un aumento salarial favorable a cambio de que los sindicalistas accedan a modificar puntos importantes del Código de Trabajo como el derecho de Cesantía y otros.
Desde esta tribuna, pedimos al sector sindical que no se debe llevar de sugerencias malsanas y que mantengan una posición de defensa de los derechos de los trabajadores. Y al Gobierno, que tome en cuenta lo que hemos advertido en otras entregas: Presidente Danilo Medina no permita que sea en su gestión que se apliquen cambios al Código de Trabajo para restarle derechos adquiridos a los trabajadores.