El impuesto sobre la renta (ISR), como su nombre lo indica, es un gravamen que se paga sobre los ingresos o beneficios que se obtienen, ya sea persona física (un ser humano) o persona jurídica (una empresa o entidad) durante el ejercicio fiscal en un período determinado.
Sólo hay que pagarlo cuando los números terminan en azules. ¿Y si terminan en rojo, es decir, cuando hay pérdidas? En este caso no hay que tributar este impuesto.
Esta explicación, sencilla para los duchos, busca simplemente llamar la atención sobre aquellas entidades de intermediación financiera que llevan más de dos años operando con pérdidas. Supongo que las autoridades de la Superintendencia de Bancos, que siempre están alerta, habrán hecho algunos levantamientos de los reportes financieros y resultados de ejercicios de por lo menos dos entidades.
La Ley Monetaria y Financiera, marcada con el número 183-02, castiga los rumores (los penaliza) y así debe ser. Sin embargo, y aunque no es vinculante, cuando dos entidades del sistema financiero llevan varios años reportando en cero el ISR significa que no han logrado beneficios. Los informes oficiales, publicados para que todo el mundo los vea, no están ahí sólo para verlos.
¿Cuáles entidades envían notas de prensa a los medios mostrando cómo les ha ido en el año anterior? Sólo lo hacen aquellas que han tenido resultados positivos.
Los usuarios de los servicios financieros deben, por todos los medios posibles, entrar a las estadísticas oficiales que están disponibles día a día, minuto a minuto, en el portal oficial de la entidad reguladora. Averiguar no cuesta nada.
Cualquier señal, ya sea hacia arriba o hacia abajo, es importante tomarla en cuenta. Nuestro país goza, por suerte, de un sistema financiero fuerte y transparente.