La adopción de medidas tendentes a mejorar la competitividad y el clima de negocios de República Dominicana ha sido un tema de gran trascendencia durante 2019. Entidades públicas, como el Consejo Nacional de Competitividad (CNC), y privadas, como la Asociación de Industrias de República Dominicana (AIRD), han manifestado su interés en identificar y promover acciones concretas con miras a hacer el país más atractivo para la inversión y efectivo para la producción local.
El Banco Mundial y el Foro Económico Mundial publican dos de los más importantes clasificaciones en la materia. En el caso en particular del Banco Mundial, uno de los elementos a ser tomados en cuenta es la facilidad de constituir una empresa y empezar el negocio. Dentro de este renglón se encuentra el factor del capital mínimo social como traba a los negocios.
El capital mínimo social se refiere al monto de capital que se requiere como monto mínimo para constituir una sociedad comercial. En República Dominicana, las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), que son las sociedades comerciales más usadas y que ofrecen mayor flexibilidad a sus socios (accionistas), requerían un capital mínimo de RD$100,000.
Con miras a mejorar la clasificación del país en el informe del Banco Mundial, fue promulgada la Ley 68-19, la cual establece como objetivo la “eliminación del capital mínimo” para la formación de las SRL. No obstante, a pesar de que el objetivo de la ley, y de hecho, una importante parte de los comentarios públicos suscitados al respecto, se refieren a la eliminación del capital mínimo societario, la Ley 68-19 no dispone tal cosa.
En efecto, la Ley 68-19 establece que el capital de las SRL será integrado por cuotas sociales con un valor “no menor de cien pesos dominicanos cada una”. En vista de que las SRL requieren de al menos dos socios, y dicha ley contiene ninguna disposición al contrario, resulta evidente que se mantiene un capital mínimo de RD$200 para las SRL.
Por lo tanto, la ley no elimina el capital social mínimo para las SRL en nuestro país, sino que más bien lo reduce a una mínima expresión. Esta medida es positiva, ya que facilita la apertura de negocios y la formalización, por lo que debe ser aplaudida, pero tampoco es una solución completa al problema.
En este sentido, debemos abocarnos a reformas estructurales más profundas que afectan la competitividad, empezando por una revisión integral del sistema tributario y del mercado laboral. Hasta tanto no se tomen medidas de mayor trascendencia, como las que sugerimos, nos quedaremos cortos en el camino de mejorar la competitividad del país.