Una de las características de las aseguradoras, es que manejan dinero del público. Y esos clientes que han acudido a estas instituciones con la certeza de que sus bienes estarán garantizados como establece la ley, entendiendo que existen los organismos del Estado que le garantizan la buena marcha de estas entidades (en nuestro caso Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de República Dominicana, teniendo como Supervisor la Superintendencia de Seguros). Esperan con fe que cuando necesiten del respaldo por la ocurrencia del fenómeno que aseguran, la respuesta sea siempre la convenida en el contrato de seguros.
Cuando compramos un bien, como una cama, un automóvil o cualquier artículo, tendremos el producto de inmediato para uso o consumo, esto nos dará la respuesta de la calidad esperada y podremos reclamar al vendedor si no fue lo que nos prometieron, cuando podremos solucionar de inmediato la diferencia, sin que este acto nos complique la existencia, más allá de la pérdida de tiempo en reclamar el cambio o la devolución.
Ahora vamos a lo imaginativo. El seguro es un producto no tangible, usted hace un contrato con la aseguradora que le ofrece indemnización o fianza si ocurre un siniestro o incumplimiento. Pero usted se pasó 10 años pagando su prima religiosamente y cuando se materializa el daño la aseguradora no le cumple por diferentes razones. Aquí el asunto no se resuelve tan simple como en el ejemplo anterior, que usted devuelve o exige cambio. Aquí se perdieron los bienes de muchos años de trabajo que usted no podrá reponer en algunos casos ni con todos los años que le queden de vida.
Pues bien, vamos a ver cómo evitamos que esas molestas situaciones nos ocurran. Como dije al principio, que como las aseguradoras manejan dinero del público, el Estado debe garantizar que las entidades que manejan esos bienes, tengan la capacidad de hacerlo en cada momento, pero en nuestro caso, se han dado muchos ejemplos sin que los organismos de regulación y supervisión hayan cumplido esa responsabilidad que daña la credibilidad del mercado y no tenemos esperanza de que en lo inmediato cambie, por tanto, debemos conocer la calidad de nuestras aseguradoras.
Lo primero es que una buena aseguradora debe contar con una administración responsable en el manejo de los bienes, que entienda que cada centavo que recibe de prima no le pertenece y que debe primero administrarlo con pulcritud y prudencia, gastando lo mínimo requerido en los costos administrativos. Debe tener respaldo de los reaseguradores de calidad por los límites que no podrá aceptar en retención, que debe ser hasta donde su patrimonio se lo permita en cada caso y que las primas suscritas, deben ser invertidas en instrumentos financieros que, además de la facilidad de convertirse en efectivos, sean reproductores de capital.
Usted como cliente o intermediario, está en el derecho de saberlo y la aseguradora en la obligación de ofrecerle la información para tomar una decisión que le de cierta garantía que el Estado no le está ofreciendo ni garantizando por la incapacidad histórica que han tenido nuestros organismos supervisores que no han sido capaces de responder adecuadamente a los clientes por las quiebras de empresas aseguradoras que hemos tenido en los últimos años.
Los asegurados, en ocasiones, dejan a sus intermediarios tomar la decisión de dónde colocar sus seguros. Por la experiencia que hemos tenido, de muchas quiebras y dificultades de éstas, debemos desconfiar y no aceptar de buena manera, cualquier decisión si de antemano no estamos conscientes de la calidad de la empresa que nos estará asegurando. Esto solo ocurre en un mercado donde la supervisión nos respalda y garantiza que las empresas están haciendo lo correcto para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Algunos intermediarios y, sobre todo aquí, donde cualquiera obtiene una licencia de corredor, colocan los seguros donde más comisiones les ofrecen y, precisamente, no son las mejores aseguradoras que ofrecen comisiones fuera de las normadas por ley o de la prudencia administrativa.