Una de las trabas más importantes para el sistema financiero en República Dominicana –formal e informal– es la constitución y ejecución sobre las garantías al crédito. En particular, la ejecución de las garantías mobiliarias, definida como cualquier garantía sobre un bien que no es un inmueble, es aún más complicada y costosa en nuestro país.
La dificultad de ejecución de garantías mobiliarias no es un elemento recientemente identificado, sino que es algo que ha sido ampliamente debatido por los sectores públicos y productivos. En este sentido, se debate desde hace varios años un anteproyecto de ley de garantías mobiliarias, el cual, si fuera aprobado, representaría un importante avance para el acceso al crédito.
El anteproyecto prevé el establecimiento de un registro único de garantías mobiliarias, el cual será accesible por métodos electrónicos. Dicho registro tendría dos funciones principales: en función de la fecha de la inscripción de la garantía, se establecería el orden de prelación de los acreedores sobre el bien otorgado en garantía. Con este sistema, cualquier potencial acreedor estaría informado sobre los gravámenes existentes en los bienes que podrían ser otorgados como garantías.
Por igual, este registro único sustituirá múltiples registros, los cuales son principalmente administrados de forma física existentes establecidos por distintas leyes. El registro será público, y de acceso gratuito, pudiendo ser gestionado de manera privada (como el Registro Mercantil). Asimismo, no se exigirán formalismos exagerados para la constitución de las garantías.
Otro beneficio del anteproyecto de ley es que no establece limitación al tipo de propiedad mobiliaria que podría otorgarse en garantía, ya que el mismo establece que se podrán constituir garantías sobre “cualquier bien o derecho al que se le atribuya un valor pecuniario”. Esto sería un gran avance respecto a la normativa actual, que no establece de manera taxativa la posibilidad de constituir garantías sobre distintos tipos de bienes incorporales, y más bien tiende a limitar esta posibilidad.
Finalmente, el procedimiento que contempla el anteproyecto para la ejecución de las garantías mobiliarias da la oportunidad a las partes de escoger métodos alternos de solución de disputas, e incluso establece la posibilidad de ejecuciones sin intervención judicial, manteniendo el deudor su derecho a invocar sus objeciones ante los tribunales. Aún en los casos de ejecuciones judiciales, el anteproyecto contempla un proceso expedito y flexible, lo que constituiría una mejora al sistema actual.
Urge la aprobación del Anteproyecto de Ley de Garantías Mobiliarias, para mejorar el acceso al crédito en el país.