El inicio del nuevo año se convierte en el espacio ideal para la planificación de lo que habrá de ocurrir durante el transcurso del mismo. La planificación para el logro de objetivos no solo es propia de las personas y empresas, sino que también alcanza a los responsables de promover las políticas públicas en la regulación financiera nacional.
Habiendo sido modificada el pasado año la Ley sobre el Mercado de Valores, resta por impulsar en este año una serie de disposiciones normativas, tales como el anteproyecto de la Ley sobre Garantías Mobiliarias. Esta iniciativa busca modernizar el marco jurídico local relativo a las garantías mobiliarias, a fin de hacer más expedita y efectiva las operaciones de financiación, incentivando con ello el acceso al crédito, teniendo como fuente los derechos o bienes muebles propiedad del deudor. Ampliando el espectro de los bienes objeto de garantías, simplificación del proceso de constitución de las mismas, al tiempo de dotar de mayor certeza las disposiciones relativas al registro mediante la estandarización de los aspectos documentales y registrales de estas garantías.
Asimismo, este año se presenta como una muy buena ocasión para la puesta en marcha del proyecto de conversión de las Asociaciones de Ahorros y Préstamos. Mediante esta iniciativa las Asociaciones de Ahorros y Préstamos pasarían de ser entidades mutualistas a entidades accionarias, logrando con esta conversión ampliar el radio de operaciones propias de un banco múltiple, generando esta conversión un mayor control y exigencia de responsabilidad corporativa; así como la respuesta de una eventual necesidad de una inyección o requerimiento de capital en momentos de crisis a cargo de los accionistas responsables.
Finalmente, las autoridades de la regulación del sistema financiero nacional tienen en agenda impulsar el proyecto para establecer un nuevo régimen de regulación de las cooperativas de ahorro, en función de la actividad de intermediación financiera que realicen. Así las cooperativas de vínculo abierto que realizan intermediación financiera y, como tal, exhiben niveles de activos y pasivos, pasarían a ser reguladas por la Junta Monetaria en lo relativo a su apertura, funcionamiento y extinción, atribuyendo a la Superintendencia de Bancos las potestades de supervisión y sanción de las mismas. Y en otro lado estarían las sociedades cooperativas de vínculos cerrados, las cuales quedarían bajo la regulación y supervisión del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP).
La gama de intereses comunes y encontrados en todos y cada uno de estos proyectos, convierte el esfuerzo de concretización de los mismos en una empresa no tan fácil; sin embargo, el reto que supone su realización ya está lanzado, de ahí que los responsables de generar las políticas públicas relacionadas con este tema, mirando siempre la consecución del interés general, deben empujar la conversión de estas iniciativas en leyes, de manera que en lo sucesivo contemos con un moderno, ágil y efectivo sistema de garantías mobiliarias, así como también dotemos de una mayor competitividad un sector de la intermediación financiera que hoy se ve rezagado y, por último, proporcionar un modelo regulatorio más adecuado a las cooperativas, sector que en los últimos tiempos ha experimentado un nivel extraordinario de crecimiento y desarrollo, lo cual hace impostergable la mirada regulatoria a este pujante segmento de la intermediación financiera.