Los miembros de la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip), que además de servir como centros de salud son en sí un negocio, porque así debe ser, han cometido un error táctico. Sus directivos han olvidado que están en un mercado en el que deben primar dos principios: la libre elección de los pacientes y la libertad de comercio y competencia. Ninguna excusa puede estar por encima de la ley.
No hay ni puede haber una justificación, más allá que el interés pecuniario y del negocio simple, para tomar una decisión que afectará a los pacientes y, en segundo grado, a los laboratorios que han hecho millonarias inversiones para estar al día con las últimas exigencias del mercado para ofrecer resultados confiables.
Los miembros o asociados de la Andeclip saben muy bien que todas sus clínicas no están en capacidad de ofrecer los servicios que sí dan los laboratorios independientes. Hay centros de salud, que son la excepción, que sí pueden cumplir con los requerimientos de analítica, pero en una sociedad de libre elección es inadmisible que se pretenda imponer una decisión como ésta.
Si ocurriera la descabellada idea de permitirle esto a las clínicas, en un país que atraviesa por una crisis en el sector salud, con médicos en huelga permanente y casos denunciados de “coimas” en determinadas áreas, sucederían dos cosas negativas: falta de inversión de parte de los laboratorios, dentro y fuera de las clínicas, porque la falta de competencia no motiva, y un aumento en los costos de los procedimientos.
Jamás podrá ser creíble la justificación que ofreció el presidente de la Andeclip, Rafael Mena, en el sentido de que “la medida sería aplicada… con el objetivo de asegurar la calidad y precisión de los resultados antes de someter a un paciente a un procedimiento quirúrgico”. Esta explicación no tiene sentido. La fiabilidad que han demostrado los laboratorios clínicos certificados y reconocidos por su calidad y responsabilidad está fuera de discusión.
Lo que sí debería hacer la Andeclip, cuya función social también merece respeto y reconocimiento, es velar por que sus afiliados se cercioren de que las analíticas sean de laboratorios certificados por el Ministerio de Salud Pública. Si el paciente decide hacerse las pruebas en la misma clínica, debe ser algo decidido por él y no por una imposición administrativa. La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) ha dejado bien claro que esa decisión es violatoria de la Ley 42-08 de Defensa de la Competencia. La libertad de empresas, comercio e industria es un derecho consagrado en la Constitución de la República.
La Andeclip no puede alegar ignorancia de la Ley 42-08. Esta legislación es explícita cuando dice que “reconoce el derecho constitucional a la libre empresa, comercio e industria, compatible con la eficiencia económica, la competencia efectiva y la buena fe comercial. En tal sentido, este ordenamiento es de observación general y de orden público en todo el territorio nacional y aplicable a todas las áreas de la actividad económica, quedando en consecuencia, todos los agentes económicos sujetos a sus disposiciones, en la forma prevista por el presente ordenamiento; esto es, de manera principal para todos los agentes económicos y de manera supletoria, para los agentes económicos regulados por leyes sectoriales que contengan disposiciones en materia de competencia”.
El mercado relevante, por supuesto, son los pacientes que no tendrán alternativa para elegir. Todos, con excepción de la Andeclip, lo han entendido. Ya se pronunciaron, además de ProCompetencia, la Sisalril, Salud Pública, ProConsumidor, el Colegio Médico, Sociedad de Radiología y otras entidades. Los socios de la Andeclip deberán ahora explicar y convencer sobre la base de hechos confirmables el porqué de su decisión. El plazo corre y la sociedad espera una respuesta. Una ley no puede ser suplantada por una decisión administrativa de un gremio y menos si se trata de perjudicar a los usuarios.