La oferta pública de valores es aquella que se dirige al público en general o a sectores específicos, a través de cualquier medio de comunicación masiva (periódicos, revistas, televisión, radio, cartas personalizadas, correos electrónicos, entre otros), para que las personas físicas o jurídicas puedan adquirir (invertir) o negociar instrumentos de inversión.
Los emisores de valores deben estar autorizados por la Superintendencia de Valores de República Dominicana (SIV) y también se deben inscribir en el Registro del Mercado de Valores y Productos. Todas las empresas, ya sean públicas o privadas, que deseen realizar una emisión pública de valores, deben obligatoriamente crear un prospecto de colocación.
El prospecto de colocación de la empresa emisora debe incluir tanto un resumen financiero de la misma como todas las condiciones de la oferta pública de valores (OPV). Usted como potencial inversionista debe leer detenidamente el prospecto y asegurarse de que el documento informativo detalle la siguiente información clave: programa de emisiones (pueden ser varias emisiones de valores por tramos), valor nominal, denominación, calificación de riesgo (en RD contamos con 3 calificadoras: Fitch Rating, Feller Rate, y Pacific Credit Rating), garantías correspondientes, tipo de interés, plazos, información financiera, tipo de instrumento de inversión, periodicidad de pagos y el uso de los recursos.
Es importante cerciorarse con su asesor financiero para ver a quién va dirigida la OPV, es decir, a grandes instituciones, pequeños inversionistas (persona física que invierta hasta RD$500,000 o US$10,000) o ambos. Al 31 de julio del año en curso, hay 20 emisiones de renta fija aprobadas por la SIV en circulación (incluyendo 3 emisores diferenciados).
En fin, el inversionista siempre podrá contar con la información actualizada y transparente por parte del emisor.