Se puede pensar que la posibilidad de hacerse millonario de la noche a la mañana al sacarse un premio de lotería es muy remota y por tanto nadie se debe detener a pensar en lo que haría si resultara agraciado. Pero si se mide esa posibilidad tomando en cuenta la extraordinaria cantidad de personas que constantemente juegan tras el premio, entonces adquiere lógica.
Además, acertar en los seis números del Loto no es imposible. De hecho, las estadísticas de la Lotería Electrónica Internacional Dominicana (LEIDSA) indican que desde 1997 hasta ahora, alrededor de 200 personas han resultado agraciadas con premios millonarios que varían en montos desde poco más de RD$5 millones hasta el más gordo de RD$218 millones obtenido en 2014.
Entonces, vuelve la pregunta: ¿Qué harías si te ganaras el Loto de varios millones?
Supongamos que el premio adquirido sea de RD$20 millones. El agraciado debe tomar en cuenta varios aspectos, entre ellos el impositivo.
La Ley 253-12 que implicó la más reciente reforma fiscal en el país establece en su Artículo 10: “Se modifica el párrafo del Artículo 309 del Código Tributario de la República Dominicana, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera: Párrafo. La retención dispuesta en este artículo se hará en los porcentajes de la renta bruta que a continuación se indican:
…c) 25% sobre premios o ganancias obtenidas en loterías, fracatanes, lotos, loto quizz, premios electrónicos provenientes de juegos de azar y premios ofrecidos a través de campañas promocionales o publicitarias o cualquier otro tipo de apuesta o sorteo no especificado, con carácter de pago definitivo.
Las ganancias obtenidas a través de los premios en las bancas de apuestas en los deportes y bancas de loterías, se les aplicarán la siguiente escala:
Los premios de más de RD$100,001 hasta RD$500,000 pagarán un 10%.
Los premios de RD$500,001 hasta RD$1,000,000 pagarán 15%.
Los premios de más de RD$1,000,001 pagarán 25%”.
Ya lo sabe. Si su premio supera 1 millón de pesos, entonces debe dejar 25% a la renta. En el ejemplo de RD$20 millones, usted recibiría RD$15 millones y el fisco se lleva RD$5 millones.
Ya con esos RD$15 millones usted tiene la opción de invertirlos para sacarle provecho. Se recomienda que convierta al menos la tercera parte a dólares, es decir, RD$5 millones, y los otros RD$10 millones en pesos. Opciones favorables pueden ser los certificados del Ministerio de Hacienda y del Banco Central a través de un puesto de bolsa. También puede colocar una parte en bonos emitidos por empresas privadas y otra parte en certificados de los bancos.
Suponga que usted consigue una tasa de interés promedio de 8% anual sobre sus inversiones en pesos y en dólares. Puede recapitalizar su capital en dólares, es decir, agregarle el interés ganado e ir acrecentando el monto global sin usar ese dinero. Así le sirve de patrimonio permanente.
En cuanto al rendimiento en pesos, 8% anual equivale a RD$800,000, que dividido entre 12 resultan en RD$66,666 mensuales. Pero no olvide que hay un impuesto de 10% sobre los intereses de los ahorros, por lo que al final recibiría RD$60,000 y con eso se puede vivir tranquilo, siempre que usted tenga casa propia y vehículo y no desee hacer grandes cambios en su vida.
Puede seguir trabajando en su empleo normal y aprovechar ese dinero extra, con la ventaja de que una tercera parte adicional se está recapitalizando en moneda dura (dólares).
Otras opciones pueden ser la de invertir en un negocio, lo cual es más riesgoso y no da la seguridad plena de rentabilidad, a menos que usted tenga la experiencia en el área en que invertirá.
También puede invertirlos en bienes raíces (viviendas) y vivir del alquiler.
Pero no incurra en gastos innecesarios ni en reparticiones y regalos a amigos y parientes sin antes determinar con tranquilidad lo que hará con su dinero.
Trate de ser conservador y prudente, porque el dinero, aunque parezca mucho, se puede diluir con facilidad.