Con la aprobación de la resolución 375-02, del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), que establece un aumento de RD$3,000 a RD$8,000 por año en la cobertura de medicamentos ambulatorios, se pone fin a las limitaciones y negociaciones para la entrega de medicamentos a los afiliados al CNSS del régimen contributivo, bajo alegato de su presentación y concentración.
Así lo aseguró Nélsida Marmolejos, directora de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (Dida), quien entiende que la resolución tiene cinco “grandes” disposiciones de avance que impactan de manera positiva a los afiliados al sistema.
Entre los puntos más importantes de la resolución, destacó el aumento de RD$8,000 a la cobertura de medicamentos por año, la ampliación del Catálogo con Cuadro Básico de Medicamentos aprobados por el Ministerio de Salud Pública, por lo cual se agregaron nuevos medicamentos para tratamiento de enfermedades como el Sida, cáncer, hipertensión, vacunas contra enfermedades de transmisión sexual, entre otras.
Además del aumento de RD$150,000 a RD$1,000,000 en cobertura para procedimientos de alto costo y máximo nivel de complejidad para niños recién nacidos hasta el primer año de edad, y la elevación a RD$1, 000,000 a la cobertura de enfermedades catastróficas por evento por año.
“Esta resolución abre posibilidades. Si un paciente presentaba problemas del corazón y gastaba el millón de pesos ya no tenía como cubrir los gastos, al ser una situación integral, ahora si un paciente presenta dos patologías de alto costo, para ambas el afiliado obtendrá la cobertura de ese monto”, agregó Marmolejos en rueda de prensa en la torre de la seguridad social.
Manifestó que se eliminaría la denominación exclusiva por principios activos de los medicamentos ambulatorios del Catálogo de Medicamentos del Plan de Servicios de Salud (PDSS), lo que quiere decir que se incluyen todas las presentaciones tales como pastillas, comprimido y jarabe, y concentraciones de cinco, diez y 500 miligramos, entre otros.
“Entendemos que esta resolución es favorable, ya que mediante la misma se han eliminado las trabas que impedían el acceso de los afiliados a beneficiarse de la receta que le proveía el medico”, dijo.
Marmolejos indicó que la disposición es un cambio conceptual en la forma de prestar los servicios a los afiliados a través de la receta médica, ya que la atención integral es definida como todo lo medicamente necesario para el tratamiento y recuperación del paciente: procedimientos diagnósticos y terapéuticos, rehabilitación, medicamentos, materiales, aparatos y dispositivos; “y aplica no solo a los servicios de alto costo, sino también a los de cirugía contenidos en el catálogo”.
“En la Dida tenemos registrados reclamos recurrentes relacionados con la cobertura de materiales de osteosíntesis, de los cuales la entidad ha sometido estos casos ante el CNSS para su solución; entiendo que con la resolución se lograra rebasar esta situación y por lo tanto no habrá inconvenientes con las facturas y coberturas relacionadas con este tema”, dijo.
Temas pendientes
Marmolejos explicó que la Dida vela porque los servicios de protección social y salud a los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) sean menos costosos, por lo que espera que el próximo paso del CNSS sea la aplicación del Plan Básico de Salud y la puesta en marcha del primer nivel de atención.
Resaltó la necesidad de incluir a los padres como parte del núcleo familiar sin pagos per cápita adicional a cargo de los afiliados titulares como es establecido en la ley, además de proveer el seguro familiar de salud a los pensionados y sus familias.
“Felicitamos el gran avance que hace el consejo y entendemos que como próximo paso se debe trabajar para dar cumplimiento a la Ley 87-01 y sus normas complementarias, tomando en cuenta los aspectos más importantes”, agregó.
Indicó que debe resolverse la eliminación del tope de cobertura en las enfermedades catastróficas para los afiliados del Régimen Subsidiado, ya que la Dida tiene diez reclamaciones pendientes de conocimiento en el CNSS.
Marmolejos llamó a todas las instituciones del SDSS a cumplir la resolución 375-02 y contribuir al desarrollo del sistema asumiendo las disposiciones de la medida para que de esa forma la familia dominicana tenga un sistema de protección social y salud eficaz y oportuno.