La Ley 28-01, que crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo en las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco, cumplió 20 años el pasado 1 de febrero.
Ese período es de exenciones fiscales, es decir, exoneración de impuestos, a las empresas establecidas en las siete provincias mencionadas.
Se estima que hay al menos 80 empresas acogidas a esta Ley, las cuales estarían generando alrededor de 6,400 empleos directos con ventas anuales que superan los RD$18,000 millones. También se estima que las exenciones concedidas por el Estado a esas empresas rondan los RD$1,250 millones anual.
Dado que el plazo de 20 años ya venció, sin que en el Congreso Nacional haya aprobado una extensión, se asume que la vigencia de esta legislación concluyó el 1 de febrero.
Pero hay un componente adicional. El presidente Luis Abinader informó en un comunicado: “Las exenciones e incentivos fiscales de las empresas que se acogieron al régimen de la Ley (28-01) mantienen en vigencia todas las facilidades hasta agotar el período de veinte años de su clasificación”, con lo que se asume que el Gobernante estaría extendiendo esas exenciones, pero no es así.
Lo que ocurre es que las exenciones de esa legislación benefician a las empresas mediante modalidades de tres períodos distintos dentro de los 20 años, según la fecha en que se hayan instalado.
El primer grupo es de todas las empresas que existían en esas siete provincias fronterizas antes del 1 de febrero de 2001, cuando entró en vigencia la Ley 28-01, las cuales fueron beneficiadas desde esa fecha con las exenciones fiscales por un período de 20 años, por lo que ya perdieron esas exenciones el 1 de febrero de este año.
El segundo grupo es el incluido en el Artículo 5 de la Ley 28-01, que indica: “Se otorga un plazo de cinco años para que toda empresa que se establezca disfrute del término completo del período de exenciones”. Es decir, las empresas que se instalaron en la zona fronteriza entre el 1 de febrero de 2001 y el 1 de febrero de 2006 comenzaron a correr sus 20 años de exenciones a partir de su instalación, por lo que mantienen esas facilidades hasta agotar 20 años.
Por ejemplo, Industrias San Miguel, productora de bebidas gaseosas con asiento en Santiago Rodríguez, inició sus operaciones en julio de 2005, es decir, dentro de los primeros cinco años de vigencia de la Ley, por lo que sus exenciones se mantienen hasta julio de 2025, que es cuando cumplirá 20 años.
La empresa que se instaló en el 2002 mantiene exenciones hasta el 2022, las de 2003 siguen beneficiándose hasta el 2023, las de 2004 hasta el 2024, las de 2005 hasta el 2025. Incluso, una empresa que se haya instalado en enero de 2006 mantiene sus exenciones impositivas hasta ese mismo mes de 2026.
A este grupo de empresas que se instalaron en los primeros cinco años de vigencia de la Ley 28-01 es que el presidente Abinader se refiere cuando dice en su comunicado: “mantienen en vigencia todas las facilidades”, pues más adelante agrega: “hasta agotar el período de veinte años de su clasificación”.
En tercera posición están las empresas que se instalaron pasados los primeros cinco años de vigencia de la Ley 28-01, es decir, a partir del 2 de febrero de 2006, sobre las que el mismo Artículo 5 de esa normativa indica: “a partir del término de cinco años que se indica en este Artículo, las nuevas empresas que se establezcan sólo disfrutarán de la parte del período de exención que quede vigente, contado desde el día siguiente del vencimiento de los cinco años a que se refiere este Artículo, hasta la fecha en que se venzan dichos plazos a contar de ese día”.
Ese tercer grupo de empresas, que se instalaron en los últimos 15 años, es decir, a partir del 2 de febrero de 2006, también terminaron sus exenciones el pasado 1 de febrero de este año.
Ahora falta por saber cuántas empresas se instalaron en los primeros cinco años y mantienen sus exenciones.